El Comité Regional para el Cambio Climático (CORECC) es el órgano encargado de coordinar e implementar la política climática a nivel regional en Chile. Su existencia es fundamental para aterrizar las metas nacionales de la Ley Marco de Cambio Climático a las realidades locales de cada territorio.
Considerando que la participación ciudadana permite otorgar legitimidad y efectividad a las decisiones públicas, y que los efectos del cambio climático se manifiestan de manera diferenciada según las características del territorio, de las comunidades y de sus medios de vida, resulta necesario que las respuestas también sean diferenciadas. En este contexto, la ciudadanía cumple un rol clave al aportar conocimiento territorial, experiencia y soluciones que la técnica, por sí sola, no alcanza a proveer.
En este sentido, la Ley N° 21.455, Marco de Cambio Climático, y su reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 15 de 2023 del Ministerio del Medio Ambiente, establecen mecanismos de participación ciudadana con representación en la toma de decisiones. En particular, el artículo 40 dispone lo siguiente:
“Artículo 40.- Representantes de la sociedad civil regional. Nómina pública regional de organizaciones de la sociedad civil. Para la selección de los dos representantes de la sociedad civil, la presidencia del respectivo Comité Regional para el Cambio Climático dispondrá la creación de una nómina pública de organizaciones presentes en la región, la cual considerará, al menos, las siguientes categorías: (i) instituciones académicas; (ii) asociaciones empresariales; (iii) asociaciones sindicales; (iv) organizaciones no gubernamentales; y (v) organizaciones locales. Las organizaciones interesadas en integrar la referida nómina deberán manifestarlo al respectivo Comité Regional para el Cambio Climático, a través de los mecanismos dispuestos al efecto, no pudiendo en ningún caso una institución integrar más de una categoría. Al momento de manifestar su interés de integrar la nómina, la organización respectiva deberá inscribir a su representante, así como a su reemplazante o suplente.”
En cumplimiento de este mandato legal, el Gobierno Regional de Arica y Parinacota resolvió la nómina pública regional de organizaciones de la sociedad civil, lo que se detalla en la Resolución N° 1836.
DOCUMENTOS:
- Organizaciones de la Sociedad Civil que conforman el Comité - descargar documento